La Seguridad Social obligada a pagar 11.000 euros a un jubilado por complemento de maternidad

La Seguridad Social obligada a pagar 11.000 euros a un jubilado por complemento de maternidad

Un reciente fallo judicial ha obligado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a abonar 11.000 euros a un jubilado en concepto de complemento de maternidad. Esta decisión se alinea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo de España, que reconocen el derecho de los hombres a percibir este complemento en igualdad de condiciones que las mujeres.

Contexto del complemento de maternidad

El complemento de maternidad, establecido en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), otorga un incremento en la pensión a aquellos pensionistas que han tenido dos o más hijos. Inicialmente, este beneficio se concedía exclusivamente a las mujeres, pero sentencias recientes han ampliado su aplicación a los hombres, argumentando que limitarlo a un solo género constituye una discriminación.

Detalles del caso

En este caso particular, el jubilado solicitó el complemento de maternidad al INSS, que inicialmente se lo denegó. Tras presentar una demanda, el Juzgado de lo Social correspondiente falló a su favor, reconociendo su derecho a percibir el complemento desde la fecha de su jubilación en 2016. Como resultado, el INSS deberá abonar 11.000 euros en concepto de atrasos acumulados.

Implicaciones de la sentencia

Esta resolución judicial refuerza la tendencia de los tribunales españoles a reconocer la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en materia de prestaciones sociales. Además, sienta un precedente para que otros pensionistas varones que se encuentren en situaciones similares reclamen el complemento de maternidad, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Recomendaciones para los pensionistas

Los hombres que hayan accedido a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y que sean padres de dos o más hijos, pueden tener derecho a este complemento. Se aconseja a quienes se encuentren en esta situación que consulten con un asesor legal especializado para evaluar la viabilidad de una reclamación y, en su caso, iniciar los trámites correspondientes para obtener el reconocimiento de este derecho.

Esta sentencia representa un avance significativo en la equiparación de derechos entre géneros en el ámbito de las prestaciones sociales, garantizando que todos los pensionistas reciban un trato equitativo conforme a la legislación vigente.

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